[ G.R. No. L-1825. May 26, 1949 ] 83 Phil. 696
[ G.R. No. L-1825. May 26, 1949 ]
EL PUEBLO DE FILIPINAS, QUERELLANTE Y APELADO, CONTRA EUGENIO BERSIDA, ACUSADO Y APELANTE. D E C I S I O N
PABLO, M.:
DERECHO PENAL; TRAICION; ACTOS QUE CONSTITUYEN EL DELITO DE TRAICION.—Las actividades del acusado asi como su adhesion y cooperacion incondicional a los propositos del ejercito invasor de aniquilar la guerilla estan probadas fuera de toda duda y constituyen el delito de traicion. Moran, Pres., Ozaeta, Paras, Feria, Perfecto, Bengzon, Tuason, Montemayor, y Reyes, MM., estan conformes.